Inspecciones OC de instalaciones petrolferas y depositos de combustible

Inspecciones OC de instalaciones petrolíferas y depósitos de combustible

Control reglamentario para instalaciones de almacenamiento, consumo y suministro

Control reglamentario para instalaciones de almacenamiento, consumo y suministro

En TÜV SÜD realizamos inspecciones reglamentarias de instalaciones petrolíferas como Organismo de Control acreditado por ENAC. Verificamos instalaciones destinadas al almacenamiento, distribución, consumo y suministro de carburantes y combustibles líquidos.

Inspeccionamos depósitos de gasóleo y otros combustibles, tuberías, instalaciones para consumo propio, estaciones de servicio y centros de suministro a flotas, conforme al Reglamento de Instalaciones Petrolíferas, aprobado por el RD 2085/1994, las instrucciones técnicas complementarias aplicables y sus posteriores modificaciones. El Reglamento comprende el almacenamiento y distribución de productos petrolíferos, y se desarrolla mediante diferentes ITC.

Identificamos qué inspección reglamentaria aplica a tus instalaciones según el Reglamento aplicable.

 

Pídenos un presupuesto

 

Esta página es para ti si necesitas…

  • Realizar la inspección periódica OCA de un depósito de gasóleo.
  • Inspeccionar una instalación petrolífera para consumo propio.
  • Pasar una prueba de estanqueidad de un depósito o de sus tuberías.
  • Inspeccionar una estación de servicio o instalación de suministro a vehículos.
  • Verificar un depósito destinado a una caldera, generador o maquinaria.
  • Actuar tras una ampliación, modificación o reparación.
  • Regularizar una instalación existente o con documentación incompleta.
  • Poner fuera de servicio un depósito de combustible.
  • Atender un requerimiento de la autoridad competente.
  • Gestionar las inspecciones de varias instalaciones o emplazamientos.

 

¿Qué instalaciones petrolíferas inspeccionamos?

 

  • MI-IP02: parques de almacenamiento de líquidos petrolíferos

    Inspeccionamos grandes instalaciones destinadas al almacenamiento y distribución de hidrocarburos, como parques de almacenamiento y centros vinculados al suministro en puertos o aeropuertos.

    Las actuaciones pueden incluir:

    • Inspecciones reglamentarias.
    • Revisión documental.
    • Comprobación de depósitos y tuberías.
    • Pruebas de estanqueidad.
    • Verificación de elementos y condiciones de seguridad.
  • MI-IP03: instalaciones petrolíferas para consumo propio

    Inspeccionamos instalaciones que almacenan combustible para utilizarlo en el propio establecimiento, por ejemplo:

    • Calderas y sistemas de calefacción.
    • Grupos electrógenos.
    • Hornos y quemadores.
    • Cabinas de pintura.
    • Maquinaria industrial.
    • Equipos auxiliares.
    • Comunidades de propietarios con instalaciones de gasóleo.
    • Vehículos o maquinaria que operan exclusivamente dentro de la instalación.

    Si tienes un depósito de gasóleo que alimenta una caldera, un generador o maquinaria, esta puede ser la instrucción técnica aplicable.

  • MI-IP04: instalaciones para suministro a vehículos

    Realizamos inspecciones en instalaciones fijas destinadas al suministro de carburantes a vehículos, entre ellas:

    • Estaciones de servicio.
    • Cooperativas agrícolas.
    • Instalaciones de empresas de transporte.
    • Depósitos destinados al abastecimiento de flotas propias.
    • Centros de suministro privados.
  • MI-IP06: puesta fuera de servicio de depósitos

    También tramitamos la baja oficial y puesta fuera de servicio de depósitos/instalaciones de combustible conforme a la normativa, como EICI, (Entidad de Inspección y Control Industrial) en la Comunidad Autónoma de Madrid (CAM)

    La inspección o tramitación reglamentaria no debe confundirse con los trabajos materiales de limpieza, inertización, retirada o gestión de residuos, que corresponden a los agentes habilitados para dichas operaciones.

 

¿Qué comprobamos durante la inspección?

El alcance depende del tipo de instalación y de la ITC aplicable. La actuación puede comprender:

  • Revisión de la documentación y de las actas anteriores.
  • Identificación, capacidad y características de los depósitos.
  • Correspondencia entre la documentación y la instalación existente.
  • Estado general de depósitos, tuberías y accesorios.
  • Sistemas de detección de fugas.
  • Cubetos, arquetas y elementos de contención.
  • Sistemas de carga, descarga y trasiego.
  • Válvulas, venteos y dispositivos de seguridad.
  • Protección frente a impactos.
  • Señalización y accesibilidad.
  • Instalaciones de protección contra incendios asociadas.
  • Registros de mantenimiento, revisiones y pruebas.
  • Estanqueidad de depósitos y tuberías, cuando corresponda.
  • Emisión del acta o certificado de inspección.

La inspección reglamentaria no sustituye al mantenimiento ni a la reparación. Verifica de forma independiente el cumplimiento de la instalación.

 

Descarga nuestra ficha sobre la Inspección de Instalaciones Petrolíferas

 

Pruebas de estanqueidad de depósitos y tuberías

Las pruebas de estanqueidad permiten verificar si los depósitos y las conducciones no presentan pérdidas incompatibles con las condiciones reglamentarias de servicio.

La periodicidad y el procedimiento dependen, entre otros factores, de:

  • La ITC aplicable.
  • El tipo y capacidad del depósito.
  • Su instalación aérea o enterrada.
  • La configuración de pared simple o doble.
  • Los sistemas de detección de fugas.
  • La fecha de instalación o reparación.
  • Las pruebas realizadas anteriormente.
  • Las condiciones específicas de la comunidad autónoma.

En determinadas instalaciones, las pruebas de estanqueidad pueden requerir condiciones específicas, como realizarse con producto o con el tanque vacío, limpio y desgasificado. La periodicidad y el procedimiento deben confirmarse según la ITC aplicable, las características del depósito y los criterios de la comunidad autónoma.

 

¿Cuándo debes solicitar una inspección?

Conviene contactar cuando:

  • Se acerque la fecha de vencimiento.
  • Una auditoría detecte que falta la inspección reglamentaria.
  • La autoridad competente solicite una actuación.
  • Se haya instalado un nuevo depósito.
  • Se modifique la capacidad, el uso o la configuración.
  • Se sustituyan tuberías u otros elementos relevantes.
  • Existan dudas sobre la estanqueidad.
  • La instalación lleve años sin inspeccionarse.
  • No se disponga de las actas anteriores.
  • Se quiera retirar o dar de baja un depósito.
  • Se gestionen varios depósitos o centros.

Planificar la actuación con antelación evita retrasos, paradas imprevistas y problemas de documentación.

 

Soluciones para instaladoras y empresas multicentro

Trabajamos con:

  • Titulares de instalaciones.
  • Empresas instaladoras y mantenedoras.
  • Industrias.
  • Estaciones de servicio y gasocentros.
  • Empresas de transporte y logística.
  • Cooperativas agrícolas.
  • Comunidades de propietarios.
  • Empresas con grupos electrógenos.
  • Hospitales y edificios técnicos.
  • Administraciones públicas.
  • Empresas con depósitos distribuidos en distintos centros.

Si gestionas una cartera de instalaciones, podemos ayudarte a centralizar la planificación, las inspecciones y las pruebas de estanqueidad con un único interlocutor.

 

¿Por qué elegir TÜV SÜD?

  • Inspección independiente por un Organismo de Control acreditado por ENAC.
  • Experiencia en instalaciones de almacenamiento, consumo propio y suministro.
  • Cobertura nacional.
  • Revisión documental y técnica.
  • Pruebas de estanqueidad cuando formen parte del alcance.
  • Conocimiento sobre qué inspección reglamentaria aplica a tus instalaciones.
  • Capacidad para gestionar varias instalaciones.
  • Planificación orientada a evitar vencimientos.

 

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SERVICIO OFRECIDO POR TÜV SÜD ATISAE S.A.U.

NOTA: TÜV SÜD ATISAE S.A.U. NO PODRÁ REALIZAR INSPECCIÓN EN EL CASO DE QUE LA ENTIDAD TÜV SÜD IBERIA S.A.U. ESTÉ O HAYA ESTADO INVOLUCRADA EN EL DISEÑO, FABRICACIÓN, INSTALACIÓN, MANTENIMIENTO, DIRECCIÓN FACULTATIVA O ASISTENCIA TÉCNICA DE LA INSTALACIÓN A INSPECCIONAR.

 


 

Preguntas frecuentes

¿Qué diferencia hay entre MI-IP03 y MI-IP04?

La MI-IP03 se dirige a instalaciones de almacenamiento para consumo en la propia instalación. La MI-IP04 corresponde a instalaciones fijas destinadas al suministro a vehículos.

 

¿Cada cuánto debe inspeccionarse un depósito de gasóleo?

La periodicidad depende de la ITC, el uso, la capacidad, el tipo de depósito, su configuración y las medidas de detección de fugas. Es necesario revisar cada instalación de forma individual.

 

¿La inspección incluye la limpieza del depósito?

No. La limpieza, desgasificación, mantenimiento o reparación son trabajos diferentes, aunque puedan ser necesarios para preparar determinadas pruebas.

 

¿Inspeccionáis contadores de camiones cisterna?

La verificación de contadores de camiones cisterna corresponde al control metrológico legal y dispone de un servicio específico

 

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Inspector industrial con uniforme azul tomando notas en una fábrica iluminada.

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