"Los nuevos cambios que introduce la nueva ITC traerán una nueva visión de la seguridad, pero también nuevas obligaciones para todos/as"
16 Abril 2024
El pasado 13 de abril se publicó el R.D. 355/2024 por el que se aprueba la Instrucción Técnica complementaria ITC AEM 1 "Ascensores", que regula la puesta en servicio, modificación, mantenimiento e inspección de los ascensores, así como al incremento de la seguridad del parque de ascensores actual.
A continuación, te contamos en resumen lo que necesitas saber sobre los principales cambios que trae la nueva normativa y las nuevas obligaciones que trae para las empresas conservadoras, mantenedoras, etc.
Principales novedades de la nueva ITC para ascensores
- Inspección Inicial antes de la puesta en servicio del ascensor - Realización de inspecciones iniciales antes de la primera puesta en servicio de un ascensor. El resultado de la inspección deberá ser favorable, sin defectos.
- Inspección Periódica al cambiar de empresa conservadora - Será de obligado cumplimiento la realización de inspección periódica cuando se cambie de empresa conservadora.
- Notificaciones de fechas de Inspección Periódica - La empresa conservadora deberá notificar al o a la titular del ascensor con antelación mínima de 3 meses, de forma fidedigna, la fecha en la que corresponde realizar la próxima inspección periódica.
- Procedimiento ante el vencimiento de la Inspección Periódica - Si transcurrido el plazo del vencimiento de la inspección periódica correspondiente no se ha realizado, la empresa conservadora deberá dejar el ascensor fuera de servicio y comunicar de forma fehaciente esta circunstancia dentro de las 24 horas siguientes.
- Nueva restricción de contratación - La inspección periódica no podrá ser contratada en ningún caso por la empresa conservadora.
- Obligación de comunicar la fecha de Inspección Periódica - Los Organismos de Control deberán comunicar a la empresa conservadora y al titular la fecha prevista de la inspección periódica. Asimismo, lo comunicará, al menos con una semana de antelación, al órgano competente de la Comunidad Autónoma.
- Corrección de Defectos Leves - Los defectos leves detectados en la inspección periódica deberán subsanarse en un plazo máximo de 6 meses desde su detección. Se acreditará mediante un certificado de corrección de defectos emitido por la empresa conservadora.
- Situación ante una Inspección con defectos graves - Tras una inspección con defectos graves, el día hábil siguiente al vencimiento del plazo de corrección de defectos, el inspector del organismo de control volverá a realizar visita de inspección, salvo si el/la titular, o la empresa conservadora en su nombre, comunicará la subsanación de los defectos antes de dicho plazo, en cuyo caso pasará nueva visita de inspección en el plazo de 30 días a partir de dicha comunicación, sin sobrepasar en ningún caso el plazo máximo establecido en el certificado de inspección.
- Defectos muy graves y Suspensión del ascensor - Tras una inspección con defectos muy graves, el ascensor quedará fuera de servicio y no podrá volver a poner en marcha hasta que no se realice una inspección periódica completa favorable Realizada por el mismo Organismo de Control.
- Documentación previa a la inspección - Antes de iniciar la inspección, el organismo de control ha de tener a su disposición en el lugar de la inspección la siguiente documentación:
- Número R.A.E. del ascensor objeto de la inspección.
- Expediente técnico del ascensor o ficha técnica, que serán facilitados por la empresa conservadora.
- Copia del último certificado de inspección, en su caso, el cual será facilitado por el/la titular, según se establece en el artículo 4 de la presente ITC.
- Registro de mantenimiento donde conste el histórico de averías y accidentes del año anterior a la fecha de inspección.
¿Cuándo entrará en vigor la nueva ITC?
La implementación de la última versión de la Instrucción Técnica Complementaria (ITC) AEM 1, conocida como "Ascensores", originalmente estaba programada para mediados de 2022.
Sin embargo, debido a retrasos en el proceso de revisión por parte de los organismos reguladores europeos, su publicación oficial en el Boletín Oficial del Estado no tuvo lugar hasta el 13 de abril de 2024. De acuerdo con el documento oficial, se ha establecido que esta nueva normativa, la ITC AEM 1, entrará en vigencia el 1 de julio de 2024.
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