Muchos propietarios deciden realizar modificaciones en su vehículo, con el objetivo de cambiar su estética o añadirle nuevas funcionalidades.
Jueves, 9 marzo, 2023
Pero muchos de ellos también desconocen que ciertos cambios podrían comprometer la seguridad del coche. Por ello es obligatorio legalizar estas modificaciones, realizando una inspección ITV por reforma independientemente de si la última inspección técnica ha caducado o no lo ha hecho.
Pasar la ITV sin haber legalizado previamente la reforma de uno de los elementos que vamos a explicar a continuación, es motivo de rechazo en la ITV. Según la Asociación Española de Entidades Colaboradoras con la Administración en la ITV (AECA-ITV), estos son los seis cambios más frecuentes que te obligarán a pasar de nuevo la inspección técnica de tu vehículo:
Instalar un paragolpes delantero o un capó se considera una reforma. Ten en cuenta que son elementos que influyen en el comportamiento del vehículo, especialmente en casos de impacto con otros automóviles. Por eso es importante y, además, obligatorio que, si realizamos este tipo de cambio, lo legalicemos mediante una inspección por reforma.
En caso de realizar cambios en la suspensión del vehículo, afecte o no este tipo de modificación a la altura del coche, también se considera reforma y por lo tanto deberás legalizar la modificación que hayas realizado en la ITV.
Instalar neumáticos no equivalentes en nuestro vehículo se considera reforma y, por lo tanto, deberás legalizar este cambio pasando por la ITV. Se consideran neumáticos no equivalentes aquellos cuya diferencia de dimensiones con respecto al original exceden la tolerancia del 3% y/o los que disponen de un índice de carga y/o de velocidad menor al especificado por el fabricante del vehículo.
No tendrás que legalizar este tipo de cambio si instalas unos neumáticos en tu vehículo que sean equivalentes a los que ya tiene instalados. ¿Cómo comprobar esta equivalencia? Desde TÜV SÜD ponemos a tu disposición una calculadora de equivalencia de neumáticos para que verifiques si los nuevos neumáticos son equivalentes a los actuales.
Realizar modificaciones en la centralita electrónica, que es la que controla nuestro vehículo, también se considera reforma. Ten en cuenta que estamos modificando las funcionalidades de nuestro vehículo y esto también puede conllevar cambios en las emisiones contaminantes del coche hacia el entorno y los viandantes.
Puedes sustituir un faro delantero que se considere recambio o un grupo óptico lateral o trasero siempre y cuando los nuevos faros o pilotos estén homologados y se sitúen en el mismo lugar que los originales. Todos los cambios en el alumbrado que no se ajusten a estos requisitos, se considerarán reforma y, por lo tanto, tendrás que legalizar dicho cambio pasando por la ITV de nuevo.
Instalar este elemento en nuestro vehículo también se considera reforma y por ello hay que legalizarla pasando por la ITV, donde lo anotarán en la ficha técnica. Desinstalarlo no es reforma, pero hay que hacer una diligencia igualmente, para que la documentación coincida con el vehículo.
Con respecto a la documentación y los trámites necesarios para legalizar estas modificaciones en tu vehículo, todo dependerá del tipo de cambio que se haya realizado. En nuestro apartado sobre reformas e ITV encontrarás toda la información que necesitas. ¡Hasta la próxima!
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