Cumpliendo con RD 901 y 902/2020 y la Directiva 2023/970
Cumpliendo con RD 901 y 902/2020 y la Directiva 2023/970
Las reformas recientes en materia de igualdad obligan a muchas empresas a contar con un Plan de Igualdad, además de disponer de registro retributivo y, próximamente, una auditoría retributiva.
En TÜV SÜD te acompañamos de principio a fin para asegurar cumplimiento legal, rigor técnico y una implantación realista.
Desde el 7 de marzo de 2022, las empresas con 50 o más personas trabajadoras deben contar con un Plan de Igualdad que incluya: diagnóstico, medidas, y un sistema de seguimiento y evaluación, según los requisitos del RD 901/2020.
Además, con los cambios normativos recientes, las empresas de más de 50 personas deben incorporar medidas específicas para garantizar la igualdad real y efectiva de las personas LGTBI, acordadas en el marco de la negociación colectiva y con la representación legal de las personas trabajadoras.
Descargar ficha de servicio de planes de igualdad
En TÜV SÜD nos encargamos de la elaboración o actualización del plan de igualdad, adaptándolo al tamaño y realidad de tu organización:
Tu Plan de Igualdad debe contemplar un planificado de medidas y recursos que garantice la igualdad real y efectiva de las personas LGTBI, incluyendo un protocolo de actuación frente al acoso o la violencia hacia este colectivo. En TÜV SÜD te ayudamos a diseñar, consensuar y documentar estas medidas para que queden correctamente integradas en tu sistema de gestión de igualdad y alineadas con la negociación colectiva.
La Directiva (UE) 2023/970 impulsa un marco de transparencia retributiva que obligará a revisar políticas salariales “de extremo a extremo”: desde la selección hasta la promoción, exigiendo criterios objetivos, trazables y comunicables. Para adecuar tu empresa, te acompañamos con un plan práctico basado en: diagnóstico de brechas, valoración rigurosa de puestos, revisión de estructuras retributivas y preparación interna para comunicar con claridad bandas salariales, criterios de subidas/bonus y progresión profesional. También formamos a managers y RR.HH. y dejamos lista la base para los futuros reportes (aplicación progresiva por tamaño de empresa, con transposición prevista antes del 7 de junio de 2026)
¿Qué ocurre si una empresa obligada no implementa un Plan de Igualdad?
Además del riesgo de sanciones e impactos reputacionales, la empresa puede perder oportunidades en subvenciones, contratación pública y licitaciones donde se exige acreditar cumplimiento. También aumenta la probabilidad de conflictos laborales (denuncias, inspecciones, reclamaciones por discriminación o brecha salarial) y de tener que implementar el plan “a contrarreloj” ante un requerimiento
¿Cómo saber si el Plan de Igualdad actual de mi empresa está actualizado con la normativa vigente (RD 901/2020, RD 902/2020 y exigencias LGTBI )?
La mejor forma de comprobarlo es realizando una auditoría específica del plan y revisando si contempla las últimas exigencias legales, como las relacionadas con la inclusión del colectivo LGTBI o la auditoría salarial conforme al RD 902/2020 y la Ley 4/2023.
¿Qué incluye el Plan LGTBI y cuándo aplica?
En empresas de más de 50 personas, deben incorporarse medidas planificadas para garantizar la igualdad real y efectiva de las personas LGTBI, y un protocolo de actuación frente al acoso o la violencia hacia este colectivo. Estas medidas deben acordarse en el marco de la negociación colectiva y con la representación legal de las personas trabajadoras.
¿Cómo se relaciona el Plan de Igualdad con la transparencia salarial (Directiva UE 2023/970)?
La transparencia salarial refuerza la necesidad de que la empresa tenga criterios objetivos, trazables y comunicables para definir salarios, promociones y complementos. Un Plan de Igualdad bien implantado ayuda a preparar la base: valoración de puestos, análisis de brechas, políticas retributivas claras y documentación para responder a solicitudes de información y futuros reportes.
¿Cuánto tiempo se tarda en elaborar un Plan de Igualdad completo?
Depende del tamaño de la empresa y del nivel de madurez en políticas de igualdad, pero en general el proceso incluye diagnóstico, negociación, redacción, implementación y evaluación. Contar con asesoría especializada acorta plazos y garantiza el cumplimiento legal.
¿Qué diferencia hay entre un Plan de Igualdad, registro retributivo y la auditoría retributiva?
Plan de Igualdad: marco global de medidas (selección, promoción, formación, conciliación, prevención del acoso, retribución, etc.).
Registro retributivo: “foto” estructurada de las retribuciones para analizar y dar transparencia.
Auditoría retributiva: análisis más profundo de la política salarial y brechas, apoyado en valoración de puestos (igual trabajo/igual valor) y medidas correctoras; forma parte del Plan cuando corresponde.
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