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LA PROTECCIÓN DE DATOS EN EL CERTIFICADO COVID DIGITAL DE LA EU

Compliance News Blog: Normativas

Fecha: 02 Jul 2021

proteccion datos covid

Desde el 1 de julio de 2021 está disponible el nuevo Certificado Covid Digital de la EU para viajar que facilitará la segura circulación de los ciudadanos de la Unión Europea durante estos tiempos de pandemia. De momento, estará en vigor durante 12 meses. 

De este modo, la Comisión Europea da luz verde a este certificado, similar a un pasaporte, para reactivar los viajes este verano entre países comunitarios, además de facilitar el acceso al ocio o a la hostelería con más garantías de seguridad; aunque tenemos que recordar que el virus sigue activo y hay que protegerse en todo momento.

Aunque China fue el primer país en aprobar un documento similar al Certificado Covid de la EU, otros países como Israel o Dinamarca ya tenían uno, principalmente para la movilidad dentro del propio país. De igual modo, Nueva York se sumó a la iniciativa para empezar poco a poco a volver al ocio y hostelería.

Es importante saber que el Certificado Covid Digital no restringe la movilidad entre países, no es un documento obligatorio, simplemente acredita que el dueño del certificado queda exento de las restricciones adicionales del país, como por ejemplo tener que hacer una cuarentena, ya que demostraría que está inmunizado gracias a la vacuna.

Gracias al Certificado Covid Digital, podrán aumentar también los viajes de negocios con mayores garantías de seguridad o incluso empezar a volver a la oficina. 

¿Qué datos recoge el Certificado Covid Digital?

El Certificado Covid Digital únicamente recoge los datos relacionado con el virus en la persona propietaria del certificado, es decir, solo acredita si dicha persona ha sido vacunada, si ha pasado ya el Covid-19 o el resultado negativo de la prueba que se ha realizado que permita su movilidad.

Los datos que se recogen son datos sensibles, ya que pertenecen a la información médica del propietario del certificado, y tal y como recoge el art. 9.1. del RGPD, está prohibido el tratamiento de datos de categoría especiales (con algunas excepciones recogidas en el art. 9.2.). Por este motivo la Comisión Europea ha garantizado que el nivel de protección de datos es muy elevado. La información que se muestra es la mínima necesaria para poder hacer uso del mismo y, dicha información, no podrá ser conservada, al igual que tampoco habrá pasarela de datos sanitarios entre los países que consulten el certificado. 

En el art. 9 del Reglamento (UE) 2021/953 del Parlamento Europeo y del Consejo de 14 de junio de 2021 relativo a un marco para la expedición, verificación y aceptación de certificados COVID-19 interoperables de vacunación, de prueba diagnóstica y de recuperación (certificado COVID digital de la UE) a fin de facilitar la libre circulación durante la pandemia de COVID-19 (puedes consultarlo aquí) dice que “los datos personales incluidos en los certificados (…) serán tratados por las autoridades competentes del Estado miembro de destino (…) a fin de confirmar y verificar el estado de vacunación o recuperación del titular”. 

Para conocer más, la Unión Europea ha puesto a disposición de todos los ciudadanos la información en la siguiente web.

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