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AVSEC es el acrónimo de “Aviation Security” (Seguridad Aeroportuaria). Tras la serie de actos ilícitos en aeropuertos y aeronaves civiles, cuya culminación fue el atentado de las Torres Gemelas de Nueva York el 11 de septiembre de 2001, la Organización de Aviación Civil Internacional (OACI) ha ido ampliando los requisitos de su Anexo 17, relativo a normas y métodos recomendados sobre seguridad. Asimismo, la Unión Europea ha elaborado los Reglamentos (CE) Nº 300/2008 y (CE) Nº 185/2010 de obligado cumplimiento en materia de seguridad en aviación civil en todas las instalaciones aeroportuarias civiles (públicas o privadas) dentro del seno de la Unión. En España, mediante la Ley 21/2003 de Seguridad Aérea, se aprueba la elaboración del Programa Nacional de Seguridad para la Aviación Civil (PNS) y se crea la Agencia Estatal de Seguridad Aérea (AESA) como único organismo nacional garante del cumplimiento del PNS a través del Programa Nacional de Control de Calidad de Seguridad de la Aviación Civil (PNC) y del Programa Nacional de Formación sobre Seguridad de la Aviación Civil (PNF).
Modalidad |
Precio |
Online |
55€ (exento IVA) |
Proporcionar los conocimientos exigidos en el Programa Oficial, CERTIFICANDO que el trabajador ha recibido los conocimientos técnicos específicos en materia de Seguridad Aeroportuaria para poder trabajar dentro de cualquier aeropuerto español.
El Reglamento Europeo (CE) Nº 185/2010 establece que las personas, excepto los pasajeros, que necesiten acceder a las Zonas Restringidas de Seguridad de instalaciones de Navegación Aérea o de un Aeropuerto (público o privado) deben recibir formación en materia de concienciación en seguridad para que pueda expedírseles la Tarjeta de Acreditación Aeroportuaria para acceso al recinto aeroportuario. El objetivo final es mejorar el control de posibles actos ilícitos implicando a todo el personal acreditado.
Toda persona que vaya a desarrollar su actividad en la Zona Restringida de Seguridad del aeropuerto de un aeropuerto español por un periodo igual o superior a 30 días, estará obligada a habaer superado la Formación Básica de Concienciación en Seguridad de la Aviación Civil y así demostrar conocer y comprender los conceptos transmitidos, como requisito imprescindible para la obtención de la correspondiente acreditación aeroportuaria. Está afectado desde el personal propio del aeropuerto hasta los miembros de seguridad y Fuerzas del Estado, pasando por las compañías aéreas, tiendas y cafeterías del aeropuerto, empresas de catering y suministros, paquetería y carga aérea, contratas de obras y mantenimiento, empresas de Asistencia Técnica, etc.
Tipo de empresas
C.1 Empresas/entidades cuyo personal desarrolla su trabajo en el aeropuerto (excepto colectivos de los grupos A y B).
C.2 Empresas/entidades con instalaciones que comunican Zona Pública o Zona de Acceso Controlado con Zona Restringida Seguridad.
C.3 Aviación general.
C.4 Otro personal de Organismos Oficiales.
C.5 Proveedores conocidos de provisiones de a bordo.
C.6 Proveedores conocidos de suministros de aeropuertos.
C.7 Agentes acreditados de carga y correo sin instalaciones en terminales de carga aeroportuarios con acceso a Zona Restringida de Seguridad.
El PNS-Público se publicó en el BOE del 13 de agosto de 2012, existiendo 6 meses a partir de esa fecha para que pueda ser exigida una formación de concienciación en materia AVSEC para la renovación de las tarjetas de Seguridad para Acceso de los trabajadores a recintos aeroportuarios dentro del territorio español (obligatorio a partir del 13 de febrero del 2013).
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