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El nuevo Real Decreto 920/2017, de 23 de Octubre que ha venido a flexibilizar la normativa de las ITV, comenzó su andadura el pasado 20 de Mayo de 2018.
Entre sus más relevantes cambios, cabe destacar el desarrollo de aspectos como:
El adelanto de la Inspección periódica, con respecto a la fecha fijada, no supondrá la pérdida o recorte de los días adelantados. Esto es, pasar ITV dentro de los 30 días naturales antes de la fecha de inspección, anotada en la Tarjeta de Inspección Técnica, no supondrá ningún cambio en la fecha asignada en la última ITV. Si por el contrario, nos adelantamos a esos 30 días naturales, se tomará como referencia la fecha en que se pasa ITV. Es por esto último, que es conveniente tener en cuenta este cálculo para poder beneficiarse de la nueva normativa. Sea como sea, recuerde que solicitando su cita previa ITV logrará concretar día y hora para pasarle la ITV a su vehículo y evitar así esperas innecesarias.
Como algo relevante, que afecta muy directamente a los usuarios, es la posibilidad de poder finalizar una inspección completa, después de obtener un resultado DESFAVORABLE, en cualquier otra estación ITV. Anterior al nuevo Real Decreto, había que finalizar el expediente en la misma estación ITV que se inició, aunque existía la posibilidad de incoar un traslado de expediente a otra ITV, tras ciertos pasos administrativos para su autorización. No obstante, pasar ITV desfavorable en otra estación, conlleva implícito el pago de las tasas correspondientes en la nueva estación ITV.
Todos estos cambios conllevan a una mejor preparación, tanto formativa como profesional para los técnicos de ITV, haciendo frente a las exigencias de estos nuevos tiempos. El manejo de herramientas de diagnosis y de control, cada vez más sofisticadas, demanda una formación profesional más precisa, para ello el Título de Técnico Superior de Automoción será una requisa obligatoria. La nueva normativa establece el periodo de un año para que todos los técnicos se adapten a la equiparación de la titulación requerida.
Nuevos dispositivos que mejoran a los ya existentes, en pro de una mejor diagnosis de las emisiones contaminantes y encauzadas a la mayor protección del medio ambiente. Aparatos que controlarán, igualmente, la lectura que emite el sistema de diagnosis de a bordo (u OBC) del vehículo, para controlar todo lo concerniente a la seguridad pasiva, los kilómetros digitales, números de identificación, etc. Todo ello destinado a garantizar la no manipulación de los elementos del motor ni de aquellos elementos electrónicos que pudieran incurrir en fraude.
Por otro lado, todos aquellos vehículos cuyo servicio está destinado a un servicio público, concretamente vehículos de alquiler sin conductor (A.S.C.) o Rent a Car, estarán exentos de la Inspección Técnica hasta los cuatro años, a partir de la fecha de su primera matriculación. Con la normativa anterior, estos debían pasar su primera ITV a los dos años. Se ha considerado que este sector del parque automovilístico, goza de una “buena salud” actualmente, como así se acredita en la baja incidencia aportada por los Informes de las ITV´s.
Aquellos vehículos de importación, procedentes de la Unión Europea , que atraviesen nuestra frontera con la Inspección Técnica de Vehículos en vigor, sellada en su país de origen; no tendrán que volver a pasar inspección en España hasta la fecha de su caducidad.
Para la catalogación de un vehículo histórico y poder obtener su correspondiente matrícula de vehículo “clásico”, se pasa de una antigüedad de 25 años a una nueva de 30 años.
Como información complementaria a todos estos “vientos de cambio”, nos parece oportuno añadir el comentario al respecto, que nuestro Director Técnico D. Juan Portillo Rojano expuso en las XXVII Jornadas Nacionales ITV, organizadas por AECA-ITV y que se celebraron entre los días 30 de mayo y 1 de Junio 2018 en Santander. Nos habla sobre la cada vez más incipiente incorporación de los vehículos eléctricos a nuestras calzadas. Expone:
El exponencial aumento de las matriculaciones de vehículos electrificados, los cuales disponen de sistemas sustancialmente distintos a los vehículos de motores de combustión interna, hace necesaria una constante revisión de los procesos de inspección de los mismos.
Gran parte de estos sistemas, están dirigidos a tratar el riesgo eléctrico y asegurar que este tipo de vehículos sean tan seguros como el resto de los vehículos.
Por otro lado, y dadas sus especiales características, también van introduciendo dispositivos que vienen a mitigar nuevos peligros, como en el caso de SAAV (Sistema de Aviso Acústico de Vehículo), diseñado para advertir a peatones y ciclistas de la presencia, en zonas urbanas, de este tipo de vehículos.
Asegurar que los elementos están homologados es garantía de seguridad. Es el caso de las baterías, las cuales deben superar estrictos procedimientos de ensayo a la vibración, choque térmico y mecánico, resistencia al fuego, protección de sobrecalentamiento etc…
La constante evolución de los procesos de inspección en ITV hace que sea posible comprobar que este tipo de vehículos mantienen durante toda su vida útil las condiciones de seguridad y protección al medio ambiente con las que fueron diseñados.
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